Invertir en cuidados permitiría romper con un círculo de pobreza, desigualdad y exclusión que enfrentan muchas mujeres y sus familias y puede transformarse en generador de múltiples réditos sociales y económicos. Constitucionalizar este derecho se orienta así, a la satisfacción del resto de los derechos sociales, a la salud, a la seguridad social, al trabajo, a la educación, en el marco de un Estado Social de Derecho y concreta el deber del Estado de estar al servicio de las personas y del bien común.
Por años ComunidadMujer ha impulsado el reconocimiento constitucional del derecho a los cuidados e instado a las autoridades competentes a sacar adelante una política pública que se traduzca en un sistema integral y nacional de cuidados. Por ello, en el marco del actual proceso por una nueva Carta Magna, junto al Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado y YoCuido, presentamos una iniciativa popular de norma en la materia, que logró casi 15.000 apoyos ciudadanos y que, por estos días, se discutirá en las comisiones del Consejo Constitucional.
Aspiramos a que se consagre en el texto el derecho a los cuidados, con miras a que estas labores, hoy principalmente desempeñadas por mujeres, sean reconocidas efectiva y plenamente como trabajo, y se logre reducirlo, redistribuirlo y remunerarlo.
Reducirlo implica disminuir el tiempo dedicado al mismo, a través de infraestructura y servicios de cuidados de calidad. Redistribuir significa evitar que recaigan casi exclusivamente en las mujeres, pues se trata de una responsabilidad social, que debe sumar los esfuerzos de todos los sectores capaces de proveer bienestar: las familias, las empresas, la comunidad, el Estado a nivel central y descentralizado. Remunerar implica retribuir estas labores, cuidando que no sea considerado un trabajo de segunda clase.
¿Por qué es necesario y conveniente regular e invertir en cuidados? Porque contribuiría a la autonomía de las mujeres en todos los ámbitos, especialmente el económico y con ello es toda la sociedad la que gana. Hay una amplia evidencia sobre los efectos positivos de acrecentar la participación de las mujeres en el mercado laboral y cómo ello mejora el ingreso disponible de las familias. En concreto, cada punto de aumento de participación se traduce en un incremento del PIB de 0,5%. De manera que cerrar la brecha laboral de género respecto de la OCDE implicaría un aumento del PIB que va desde 1,8% a 3,2% (Clapes UC, 2020)
Reducir la carga del trabajo de cuidados no remunerado va en la dirección correcta. Contribuiría a entregar mejores oportunidades y bienestar a las personas a lo largo de su ciclo de vida. No es solo más empleo formal y de calidad para las mujeres. También favorecería el desarrollo integral y la autonomía en la niñez, con efectos positivos que se proyectarían incluso a su edad adulta. Mejoraría, además, la calidad de vida y la autonomía de las personas adultas mayores, y de las personas en situación de dependencia, lo que, a su vez, generaría un uso más eficiente de los recursos en los sistemas de salud.
En definitiva, invertir en cuidados permitiría romper con un círculo de pobreza, desigualdad y exclusión que enfrentan muchas mujeres y sus familias y puede transformarse en generador de múltiples réditos sociales y económicos.
Constitucionalizar este derecho se orienta así, a la satisfacción del resto de los derechos sociales, a la salud, a la seguridad social, al trabajo, a la educación, en el marco de un Estado Social de Derecho y concreta el deber del Estado de estar al servicio de las personas y del bien común.
Por María Olivia Recart, Paula Escobar, Miriam Henríquez, Nicole Nehme, Anita Holuigue, Cristina Bitar, Esperanza Cueto, Bernardita Méndez, Alejandra Mizala, Valentina Paredes, Adriana Valdés, directoras de ComunidadMujer.