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Una dimensión silenciada

La violencia de género es una de las dimensiones más dolorosas de la desigualdad y, aun así, la más desconocida o silenciada en el mundo del trabajo. Contribuir a su prevención, sanción y erradicación es clave para la protección de los derechos laborales y parte esencial de la conducta empresarial responsable, del cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible, de los criterios ESG y en general del conjunto de normas, regulaciones, iniciativas y buenas prácticas que impulsan el cierre de brechas de género en el mundo laboral. Es hora de hablar sobre el tema y ocuparse.

La violencia de género es una de las dimensiones más dolorosas de la desigualdad y, aun así, la más desconocida o silenciada en el mundo del trabajo.

Sabemos que el 17,8% de las mujeres en edad activa (15 a 65 años) y residentes en las zonas urbanas del país señala haber sido víctima de violencia en el ámbito laboral en algún momento de su vida (ENVIF-VCM, 2020). Según la DT en 2021 se interpusieron 1560 denuncias por acoso laboral, y esta cifra aumentó 3,6% en 2022.

En el ámbito del trabajo, la violencia de género adopta las formas de acoso sexual y acoso laboral y fuera de él, la violencia doméstica y de pareja. Todas tienen efectos en el empleo, comportan riesgos financieros y psicosociales, impactando en la productividad, el clima laboral, la seguridad, la salud y el bienestar personal. Por eso, hablar de trabajo decente y del progreso de las mujeres implica no desviar la mirada hacia estos temas, por muy incómodos que sean.

El Convenio 190 de la OIT constituye la primera norma internacional que proporciona un marco común, como complemento a la legislación nacional, sobre la violencia por razón de género en el mundo del trabajo, al incorporar definiciones, reconocer el derecho de toda persona a desempeñar su labor en un ambiente libre de ella, además de instar a los gobiernos, a las organizaciones de empleadores y de trabajadores/as, y a las instituciones del mercado laboral a contribuir con medidas apropiadas para su prevención y abordaje. Esta normativa, que entrará en vigencia en el año 2024 en Chile, impulsará a las empresas y demás organizaciones laborales a evaluar, mejorar y ampliar su marco de acción en la materia.

Contribuir a su prevención, sanción y erradicación es clave para la protección de los derechos laborales y parte esencial de la conducta empresarial responsable, del cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible, de los criterios ESG y en general del conjunto de normas, regulaciones, iniciativas y buenas prácticas que impulsan el cierre de brechas de género en el mundo laboral. Es hora de hablar sobre el tema y ocuparse.

Alejandra Sepúlveda Peñaranda, presidenta ejecutiva de ComunidadMujer

Columna publicada en Diario Financiero